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NORMAS Y CONDICIONES PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS EN LA CARPETA CIUDADANA DEL PORTAL DEL PRAT DEL LLOBREGAT


Objeto

Este documento tiene como objetivo establecer las condiciones para el acceso y utilización de los servicios ofrecidos en la Carpeta Ciudadana del portal Web del Ayuntamiento del Prat del Llobregat. Este portal es accesible en la dirección https://seu.elprat.cat así como en cualquier otra dirección o dominio registrado por este Ayuntamiento.

Las personas físicas, jurídicas y otros titulares de intereses legítimos relacionados con la actividad de este Ayuntamiento, a través de la Carpeta Ciudadana, podrán utilizar los sistemas y procesos telemáticos como medio de comunicación. Los servicios disponibles son, entre otros, los siguientes:

  • Acceder a información particular de esta persona física o jurídica registrada en las bases de datos de las que el responsable es el Ayuntamiento del Prat del Llobregat.
  • Acceder, de forma personalizada, a información de carácter general del Ayuntamiento del Prat del Llobregat.
  • Realizar operaciones y/o trámites administrativos de los servicios que progresivamente el Ayuntamiento del Prat del Llobregat vaya incorporando a dicha Carpeta Ciudadana.

El Ayuntamiento del Prat del LLobregat se reserva el derecho a modificar, en cualquier momento y sin previo aviso, la presentación y configuración del portal Web, así como los servicios ofrecidos, las normas y condiciones de uso de la Carpeta Ciudadana.

El hecho de acceder y utilizar la Seu Electrònica atribuye la condición de usuario/aria. Se entiende que se aceptan de forma expresa, plena y sin reservas, el contenido de todas y cada una de estas normas y condiciones de uso del portal Web, en la versión publicada en el mismo momento del acceso, comprometiéndose a su lectura y aceptación previa. Subir

Principios

La actuación municipal en materia de administración electrónica se rige por la Ordenanza reguladora de la administración electrónica del Ayuntamiento del Prat de LLobregat, aprobada por el Pleno municipal de 3 de marzo de 2010. Los principios generales que la rigen son los siguientes:

  • Principio de servicio a la ciudadanía
  • Principio de simplificación administrativa
  • Principio de impulso de los medios electrónicos
  • Principio de neutralidad tecnológica
  • Principio de interoperabilidad
  • Principio de confidencialidad, seguridad y protección de datos
  • Principio de transparencia
  • Principio de participación
  • Principio de eficacia, eficiencia y economía

El uso de los medios electrónicos no podrá comportar ninguna discriminación del ciudadano en sus relaciones con la administración municipal. En este sentido, los sistemas de comunicación telemática con la administración serán voluntarios y alternativos a los sistemas tradicionales y sólo se podrán configurar como obligatorios y exclusivos en aquellos casos en que así se establezca. Subir

Seguridad

El acceso a la Carpeta Ciudadana está limitado por el Ayuntamiento del Prat del Llobregat a aquellas personas, físicas y jurídicas, que lo hayan solicitado expresamente y que hayan sido autorizadas mediante los procedimientos administrativos concretos establecidos al efecto.

Según la Ley de Firma Electrónica 59/2003, un certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma (clave pública) a un firmante y confirma su identidad.

Los certificados digitales admitidos como mecanismo de identificación y autenticación para el acceso a la Carpeta Ciudadana, serán los admitidos por la Agencia Catalana de Certificación y que están publicados en la lista de entidades clasificadas en http://www.catcert.cat

El Ayuntamiento del Prat de Llobregat es entidad de registro colaboradora de la Agencia Catalana de Certificación para la expedición del certificado digital idCAT. La información para obtener este certificado se encuentra en las siguientes Webs: http://www.idcat.net http://www.elprat.cat

El certificado digital tiene carácter estrictamente personal. La persona física o jurídica autorizada acepta el certificado electrónico como mecanismo fiable de acreditación. Igualmente, se compromete a no facilitar las credenciales a terceras personas; en caso de incumplimiento de este compromiso, asumirá las posibles responsabilidades derivadas de su actuación.

Por razones de seguridad será el Ayuntamiento del Prat del Llobregat quien establezca la secuencia de los datos identificativos (certificado digital) necesarios para el acceso.

El Ayuntamiento del Prat del Llobregat podrá facilitar, si lo estima oportuno, programas y dispositivos necesarios para el funcionamiento y la seguridad del servicio así como utilizar protocolos de comunicaciones seguras.

El Ayuntamiento del Prat del Llobregat se reserva la potestad de no tramitar aquellas solicitudes o peticiones que susciten dudas razonables sobre la identidad de las personas, físicas o jurídicas, que las presenten así como de comunicar a la persona interesada esta circunstancia, con la mayor celeridad posible. Subir

Conexión

Podrán acceder a los servicios de la Carpeta Ciudadana del Ayuntamiento del Prat del Llobregat las personas físicas o jurídicas titulares de intereses legítimos que reúnan los siguientes requisitos:

  • Sean mayores de edad (en personas físicas).
  • Dispongan de plena capacidad jurídica para actuar.
  • Hayan aceptado las presentes normas y condiciones de acceder y utilizar la Carpeta Ciudadana, por sí mismos o mediante la persona que les represente, debidamente autorizada a estos efectos.
  • Sean apoderados o representantes de personas físicas o jurídicas titulares de intereses legítimos, siempre y cuando figuren como tales expresamente en la solicitud de acceso al servicio, y lo acrediten conforme al artículo 21 de la Ordenanza reguladora de la administración electrónica de este Ayuntamiento.

Serán a cargo de la persona solicitante los elementos necesarios para hacer posible la comunicación con el Ayuntamiento del Prat del Llobregat y, también, el coste que comporte el mantenimiento y la utilización de esta comunicación.

El Ayuntamiento del Prat del Llobregat no se responsabilizará de las omisiones, errores, pérdida de información, vulneración de la confidencialidad y/o acceso indebido a la información o a los datos personales causados por problemas técnicos de la comunicación, no imputables a este Ayuntamiento o, debidos a deficiencias o errores de seguridad en las redes de comunicaciones no controladas por él; y en general, los originados por causas de fuerza mayor o por el uso indebido de la clave de acceso por terceros no autorizados.

El Ayuntamiento del Prat de Llobregat no se responsabiliza de las dificultades de acceso a la Web, interrupciones, desconexiones, demoras u otras dificultades en la conexión originadas por los servicios de acceso a Internet. Subir

Responsabilidades de la persona usuaria

La persona usuaria se compromete a:
  • Realizar un uso adecuado y lícito de los contenidos y los servicios de la Seu Electrònica.
  • Aceptar las normas y condiciones establecidas en este documento.
  • Reconocer la misma validez a las transacciones telemáticas que lleve a cabo a través del certificado electrónico en la Seu Electrònica que las realizadas en soporte papel con firma manuscrita.
  • Mantener y custodiar, bajo su estricta responsabilidad, el certificado digital y la clave de acceso.
  • Comunicar la pérdida, substracción o conocimiento indebido por parte de terceras personas del certificado digital o la clave de acceso, por el canal que se establezca para ello.
  • Informar de cualquier circunstancia que pueda afectar al correcto funcionamiento del servicio.
  • Comunicar, mediante cualquier medio ajustado a derecho, la modificación de los datos de contacto (dirección de correo electrónico, teléfonos, etc.) que le hayan sido solicitados para la utilización de la Carpeta Ciudadana.
  • Abstenerse de realizar cualquier actividad dirigida a interferir, alterar, o desconectar el sistema de servidores, dispositivos de protección o seguridad.
  • Responder, personalmente o a través de las persones a las que haya otorgado poderes de representación, si fuera el caso, de daños y perjuicios que haya podido ocasionar por incumplimiento de las obligaciones antes detalladas.

El Ayuntamiento del Prat de Llobregat podrá excluir, mediante el correspondiente expediente, a la persona usuaria que incumpla las condiciones de acceso y uso, y a adoptar todas las medidas que considere oportunas en cada momento, o de manera inmediata. Subir

Ampliaciones, modificaciones e interrupciones del servicio

El Ayuntamiento del Prat de Llobregat, con el objetivo de impulsar la administración electrónica y la gestión de la tramitación por Internet, podrá incorporar progresivamente nuevos trámites a la Seu Electrònica.

La prestación del servicio se podrá interrumpir temporalmente por causas justificadas y programadas (mantenimiento, actualización, etc.), así como en el caso que se produzcan situaciones de inseguridad lógica que puedan poner en grave riesgo la integridad y la fiabilidad del funcionamiento de la Carpeta Ciudadana. Este Ayuntamiento no se hace responsable, si la interrupción del servicio es por causas ajenas, de los daños y perjuicios que se puedan producir.

El Ayuntamiento del Prat del Llobregat se reserva el derecho a modificar, previo aviso y difusión, las normas y condiciones de acceso a la Carpeta Ciudadana, los procedimientos y métodos de acreditación de los usuarios así como los mecanismos de seguridad del sistema de acuerdo a sus necesidades. Subir

Validez de las comunicaciones y de las notificaciones telemáticas

Las comunicaciones y notificaciones telemáticas entre el Ayuntamiento del Prat de Llobregat y los/las ciudadanos/as serán válidas siempre que:

  • Exista constancia de la transmisión y de la recepción, de sus datos y del contenido de las comunicaciones. Los datos de transmisión y recepción en las comunicaciones serán acreditadas por sistemas implantados a tal efecto y serán válidas a efectos del cómputo de plazo. Cuando haya constancia de la puesta a disposición de la notificación a la dirección electrónica y transcurridos diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada.
  • Se identifique al remitente y al destinatario de la comunicación.
  • El ciudadano/ciudadana haya indicado el soporte, la aplicación o el medio electrónico como preferente para sus comunicaciones con el Ayuntamiento en cualquier momento de la tramitación del procedimiento o del desarrollo de la actuación administrativa. Durante la tramitación del procedimiento o el desarrollo de la actuación administrativa, la persona interesada podrá requerir al órgano o entidad correspondiente que las notificaciones sucesivas no se practiquen por medios telemáticos, utilizando cualquier otro medio admitido en derecho.
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