Cualquier pareja que quiera celebrar su matrimonio en el Ayuntamiento de El Prat de Llobregat y que cumpla los siguientes requisitos:- Ser mayores de edad o menores emancipados.- No estar ligado a otra persona con vínculo matrimonial.- No ser pariente en línea recta por consanguinidad o adopción, o pariente colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
Presencial, en Alcaldía: Pl. de la Vila, 1, 1a plantaDe forma telefónica, llamando al tel. 933 790 050 (ext 5158)Horario de atención al público:De lunes a viernes, mañanas de 9 a 13.30 h.De lunes a jueves, tardes de 16:30 a 18:30 h (el horario de tardes puede verse modificado en S. Santa, Verano y Navidad, por lo que es conveniente confirmarlo llamando al 933 790 050 ext 5158).
El servicio será gratuito para las parejas empadronadas en El Prat de Llobregat (al menos una de las personas).Para parejas no empadronadas en El Prat de Llobregat, el servicio estará sujeto a la aplicación de una tasa de 150 euros.
Las bodas civiles en el Ayuntamiento de El Prat de Llobregat se celebran los viernes y sábados, según el calendario establecido. Los horarios en viernes son: 11.30h; 12.00h; 12.30h; 13.00h; 13.30h; 14.00h. Los horarios en sábado son: 12.00h; 12.30h; 13.00h; 13.30h; 14.00h. En el momento de la reserva se comprobará la disponibilidad de fecha y hora.Las fechas disponibles se pueden consultar por teléfono, pero la reserva sólo será efectiva de forma presencial.Los interesados tendrán que dirigirse al Registro Civil que corresponda (donde se esté empadronado) para tramitar el expediente matrimonial. Una vez presentada la documentación solicitada por el Registro Civil y sabiendo a partir de qué fecha podrán contraer matrimonio, los interesados podrán reservar día y hora para casarse en el Ayuntamiento de El Prat de Llobregat.