EN TERMINI
Período de presentación:
La bonificación por familia numerosa no puede tener carácter retroactivo y tendrá que ser solicitada dentro de los plazos siguientes:
- Si se trata de liquidaciones incluidas en el padrón anual, hasta la finalización del año natural a que se refiere el padrón.
- Si se trata de liquidaciones de ingreso directo, antes de que hayan transcurrido dos meses desde que la liquidación haya ganado firmeza.