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El Prat de Llobregat

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Informe de adecuación de vivienda

EN TERMINI

Período de presentación:Durante todo el año


Objeto:
El informe de adecuación de la vivienda lo debe solicitar la persona inmigrada para que pueda:
- reagrupar su familia.
- renovar la residencia por reagrupamiento familiar en caso de cambio de domicilio.
Forma de inicio:
A petición de la persona interesada
Quién lo puede solicitar:
Persona extranjera no comunitaria, mayor de edad y con autorización de residencia renovada o en proceso de renovación.
Período de presentación:
Durante todo el año
Canal de tramitación:

Telemáticamente: Pulsar botón TRAMITAR y adjuntar el documento de solicitud debidamente cumplimentado.

Presencialmente: (Se recomienda solicitar cita previa on line)
En la Oficina d'Informació i Atenció ciutadana (OIAC)
Pl. de la Vila, 1
Horario: de lunes a viernes de 9 a 13.30 h
De lunes a jueves de 16.30h a 19 h
Des del 1 de julio al 31 de agosto: de lunes a viernes de 9 a 14h
Cerrado las tardes de Jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre
Tel. 933 790 050

Otros: A través de cualquier medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tasas e impuestos asociados (pago):
Ayuntamiento de El Prat de Llobregat: Servicio gratuito.

Generalitat de Catalunya:
Antes de solicitar el informe se deberá haber efectuado el pago de una tasa de 38,22 euros.
Para realizar el pago se ha de acceder a la web del Departamento de Drets Socials y seguir las instrucciones de pago indicadas.

Hay las siguientes opciones para el pago de la tasa:
- En línea con tarjeta de crédito/débito.
- Carta de pago: Se ha de imprimir e ir a un cajero automático de La Caixa y pagarlo allí con tarjeta de crédito/débito (o, si se dispone, con una libreta o cuenta corriente de esta entidad).

El Departament de Drets Socials dispone de una Oficina de Asuntos sociales y Familias en el Prat de Llobregat, calle Centro 39-41, Teléfono 933 709 821.

Unidad responsable de la tramitación:
Servicio de Asesoría Jurídica
Área de Urbanismo i Vivienda
Órgano que resuelve:
Departament de Benestar Social i Família
Direcció General per a la Immigració del Departament de Benestar Social i Família de la Generalitat de Catalunya
c. de Calàbria, 147
08015 Barcelona
Tel. 012
Plazo máximo de resolución y notificación:

El plazo máximo para emitir y notificar el informe es de 30 días hábiles contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de la Dirección General per a la Immigració y una vez que el Ayuntamiento ha elaborado el documento de propuesta municipal.
Las personas que hayan facilitado el teléfono móvil en el formulario de solicitud de informe recibirán un mensaje de texto SMS cuando tengan el informe emitido en el que se indicará la Oficina de Benestar Social i Família en la que deben recogerlo personalmente durante un plazo concreto. Si pasado el plazo no lo recogen se hará la notificación a la dirección postal que conste en el expediente. También recibirán la notificación por correo postal las personas que no hayan facilitado el teléfono móvil en el formulario de solicitud.

Recursos:

Si el informe no es favorable no se puede presentar recurso. La persona interesada podrá impugnar la resolución administrativa que resuelva el reagrupamiento familiar ante la oficina de extranjería correspondiente.

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