El impuesto sobre actividades económicas (IAE) grava el ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, sean ejercidas o no en un local determinado y estén o no especificadas en las tarifas del impuesto.La presentación de esta declaración ante el Ayuntamiento es obligatoria para los sujetos pasivos obligados al pago: las personas jurídicas con una cifra de negocio superior al millón de euros y los contribuyentes por el impuesto sobre la renta de no residentes que tengan un importe neto de cifra de negocio superior al millón de euros.
La declaración de alta produce un doble efecto:- La liquidación correspondiente al período impositivo a que se refiere la declaración.- La inclusión en las sucesivas matrículas anuales, hasta que el contribuyente presente la declaración de baja por cese de actividad o por inicio de exención.Solamente los obligados al pago tendrán que presentar al Ayuntamiento las declaraciones propias del impuesto (alta, baja y variaciones). Los sujetos exentos de pago tendrán que cumplir sus obligaciones formales a través de la declaración censal ante la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.