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Alegaciones por infracción de las ordenanzas municipales

EN TERMINI

Período de presentación:

Dentro de los 10 días hábiles, siguientes a la notificación de la incoación del expediente sancionador.


Objeto:

Presentar alegaciones en un procedimiento sancionador por una disconformidad contra una sanción o denuncia impuesta por la Policía Local del Prat de Llobregat que no sea en materia de ordenación del tráfico de vehículos.

Presentar alegaciones en un procedimiento sancionador por una disconformidad contra una sanción o denuncia impuesta por la Policía Local del Prat de Llobregat que no sea en materia de ordenación del tráfico de vehículos.

Las alegaciones se pueden presentar dentro de un expediente sancionador por:

    - Infracciones en materia de civismo y convivencia ciudadana
    - Infracciones en materia de publicidad dinámica
    - Infracciones relacionadas con la tenencia de perros potencialmente peligrosos
    - Otras infracciones contra las ordenanzas municipales

Forma de inicio:
A petición de la persona interesada
Quién lo puede solicitar:

Cualquier persona, física o jurídica, o mediante representante debidamente acreditado, que haya sido denunciada por infracción de las ordenanzas municipales u otra legislación sectorial diferente a la normativa de tráfico.

Período de presentación:

Dentro de los 10 días hábiles, siguientes a la notificación de la incoación del expediente sancionador.

Canal de tramitación:
- Personas físicas -

Telemáticamente: Pulsar botón TRAMITAR y adjuntar el documento de solicitud debidamente cumplimentado.

Presencialmente:
En la Oficina d'Informació i Atenció ciutadana (OIAC) (Se recomienda solicitar cita previa on line)
Pl. de la Vila, 1
Horario: de lunes a viernes de 9 a 13.30 h
De lunes a jueves de 16.30h a 19 h
Des del 1 de julio al 31 de agosto: de lunes a viernes de 9 a 14h
Cerrado las tardes de Jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre
Tel. 933 790 050

- Personas jurídicas -
Las personas jurídicas sólo podrán realizar este trámite por vía telemática.

Tasas e impuestos asociados (pago):
Servicio gratuito
Unidad responsable de la tramitación:
Sección Vía Pública
Órgano que resuelve:
Decreto del Teniente de alcalde del Área de Acción Ambiental, Energía, Servicios y Ciudadanía.
Plazo máximo de resolución y notificación:

6 meses para dictar resolución sancionadora por la Administración a contar desde la fecha en que se dicta el acuerdo de incoación del procedimiento sancionador.

Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición y contencioso administrativo.
Observaciones:
Reducción de la sanción:

20% Si se reconoce la responsabilidad en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución.

50% Si el reconocimiento de la responsabilidad va acompañado del pago de la sanción dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la denuncia.

40% Si el pago voluntario del importe de la sanción se produce transcurridos los 15 días pero antes de la resolución del procedimiento, se aplicará una reducción del 20%, que será acumulativo al descuento indicado en el primer párrafo, por tanto, un 40% en total.

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