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Ocupación de la vía pública con sacos y/o contenedores de escombros

EN TERMINI

Período de presentación:Todo el año


Objeto:

Solicitud de autorización para colocar sacos y/o contenedores de escombros en la vía pública.

Todos los sacos y/o contenedor que se deriven de una licencia de obra mayor, de una licencia de obras menores, de un enterado de obras o de una comunicación previa, deberán autorizarse por el departamento de Vía Pública, con independencia de que se encuentren exentos del pago de las tasas de ocupación de la vía pública.

Forma de inicio:
A petición de la persona interesada
Quién lo puede solicitar:

Cualquier empresa o persona que necesite retirar escombros de una obra.
Previamente deberá disponer de licencia de obras menores, o haber realizado la comunicación previa o enterado de obras correspondiente.

Período de presentación:
Todo el año
Canal de tramitación:
- Personas físicas -

Telemáticamente: Pulsar botón TRAMITAR y adjuntar el documento de solicitud debidamente cumplimentado.

Presencialmente:
En la Oficina d'Informació i Atenció ciutadana (OIAC) (Se recomienda solicitar cita previa on line)
Pl. de la Vila, 1
Horario: de lunes a viernes de 9 a 13.30 h
De lunes a jueves de 16.30h a 19 h
Des del 1 de julio al 31 de agosto: de lunes a viernes de 9 a 14h
Cerrado las tardes de Jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre
Tel. 933 790 050

- Personas jurídicas -
Las personas jurídicas sólo podrán realizar este trámite por vía telemática.

Tasas e impuestos asociados (pago):
Ordenanza fiscal núm. 14, Tasa por las ocupaciones del subsuelo, el suelo, el vuelo y actividad en la vía pública.

Por cada saco i día: 3€, con una liquidación mínima de 6€.
Por cada contenedor de obra y día: 24€.

Para enterados y/o obras menores: los 3 primeros días de ocupación con 1 o 2 sacos o con contenedor de escombros, estan exentos del pago de la tasa.
En obra mayor la ocupación de sacos o contenedor de escombros está exenta del pago de la tasa durante todo el tiempo otorgado para la ejecución de la obra.

El departamento de Vía Pública deberá autorizar todas las ocupaciones con sacos o contenedor de escombros, aunque se encuentren exentos del pago de la tasa

La Autorización de la ocupación incluirá las condiciones de la ocupación y la forma de pago de la tasa. El comprobante de pago de la tasa deberá enviarse por correo electrónico al departamento de vía pública.

La ocupación de la vía pública con los sacos o contenedor no se hará efectiva hasta el pago de la correspondiente tasa.


Unidad responsable de la tramitación:
Departamento de Vía Pública
Órgano que resuelve:
Decreto del Teniente de alcalde de Servicios y Ciudadanía.
Plazo máximo de resolución y notificación:

Para colocación de hasta 2 sacos de escombros durante menos de 1 semana: 3 días hábiles contados desde la fecha de solicitud de la ocupación.

Para el resto de ocupaciones: 5 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud de empleo.

Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición y contencioso administrativo
Observaciones:
Sacos de escombros

Identificación de los sacos: Todos los sacos instalados en la vía pública deben presentar en el exterior, de forma perfectamente visible, el nombre o razón social y el teléfono de la persona titular del saco.

Emplazamiento de los sacos: Los sacos de escombros se situarán en la calzada, en la zona destinada al estacionamiento de vehículos.
Excepcionalmente y previa supervisión del Ayuntamiento, se podrá colocar en la acera con ancho superior a 4 m.

Condiciones de ubicación de los sacos:
- Los sacos ubicados en la acera se colocarán separados de la fachada, preservando un espacio de 2 m libres de obstáculos para el paso y la seguridad de los peatones y tendrán que distar, como mínimo, 0,50 m del límite entre la acera y la calzada.
- Los sacos no podrán dificultar el acceso a edificios privados, establecimientos comerciales, en espacios autoritzados para terrazas, la movilidad de los peatones y las salidas de emergencia.
- Tampoco se podrán instalar en zonas de carga y descarga, vados, paradas de autobuses, pasos de peatones o similares.
- En calles sin acera, calles residenciales y similares, los técnicos municipales indicarán el lugar de ubicación de los sacos.
- El lugar de ubicación de los sacos deberá respetar en todo momento la movilidad de las personas, las zonas ajardinadas, esculturas, la accesibilidad a las zonas de juegos infantiles, a los bancos, papeleras, fuentes, contenedores de basura , y cualquier otro mobiliario urbano instalado en la vía pública.

Colocación y retirada de los sacos de escombros: Los trabajos de colocación y retirada de los sacos de escombros deben llevarse a cabo con la máxima diligencia, de forma que se interrumpa lo menos posible la circulación de vehículos y no causen molestias a los ciudadanos.
Su manipulación debe realizarse de forma que su contenido no caiga en la vía pública, o no pueda ser levantado o esparcido por el viento, por lo que los sacos deben permanecer tapados cuando no son utilizados.
Una vez lleno el saco de escombros, deberá retirarse en un plazo máximo de 2 días hábiles. En cualquier momento, por razones de interés público, las autoridades municipales podrán requerir su retirada antes del plazo de 2 días.

Material depositado en los sacos: No se permite que los materiales depositados sobresalgan de los extremos superiores del saco ni tampoco se permite utilizar suplementos adicionales para aumentar su capacidad.

Vigencia de la autorización: La autorización de empleo está vigente como máximo hasta las 12 horas del día siguiente del plazo solicitado. A partir de esta hora, debe procederse a su retirada o bien solicitar un nuevo permiso al Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes.
Si pasado el plazo de la autorización, no se ha solicitado un nuevo permiso y no se ha retirado el saco, el Ayuntamiento podrá retirarlos, previo requerimiento y con los gastos a cargo de la persona responsable de los sacos. Todo esto sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Limpieza del espacio ocupado: Una vez retirados los sacos, el espacio ocupado y su entorno inmediato, deberá quedar limpio y libre de todo tipo de escombros o residuos. La persona titular de la autorización es la responsable de los daños que pueda causar en el pavimento o en otros elementos de la vía pública y tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia relacionada con la ocupación.


Contenedores de escombros

Durante la ocupación, la persona interesada tendrá que disponer de esta autorización, a requerimiento de la Policía local o de los Servicios de inspección municipal.

Señalización previa: La persona autorizada tendrá que señalizar previamente la zona con señales provisionales de prohibición de estacionamiento, que se instalarán en la zona con al menos 72 horas de antelación a la instalación del contenedor.

Emplazamiento de los contenedores:
- Los contenedores se situarán en la calzada, en la zona destinada al estacionamiento de vehículos.
- Los contenedores no podrán dificultar el acceso a edificios privados, establecimientos comerciales, la movilidad de los peatones y las salidas de emergencia.
- Tampoco se podrán instalar en zonas de carga y descarga, vados, paradas de autobuses, paso de peatones o similares sin autorización expresa.
- En calles sin acera, calles residenciales y similares, los técnicos municipales indicarán el lugar de ubicación de los contenedores.
- El lugar de ubicación de los contenedores tendrá que respetar en todo momento la movilidad de las personas, las zonas ajardinadas, esculturas, la accesibilidad a las zonas de juegos infantiles, las terrazas autorizadas, bancos, papeleras, fuentes, contenedores de basura, y cualquier otro mobiliario urbano instalado a la vía pública.

Colocación y retirada de los contenedores: Los trabajos de colocación y retirada de los contenedores deben llevarse a cabo con la máxima diligencia, de forma que se interrumpa lo menos posible la circulación de vehículos y no causen molestias a los ciudadanos.
Su manipulación debe realizarse de forma que su contenido no caiga en la vía pública, o no pueda ser levantado o esparcido por el viento, motivo por el cual los contenedores deben permanecer tapados cuando no son utilizados.
Una vez lleno el contenedor, deberá retirarse en un plazo máximo de 2 días hábiles. En cualquier momento, por razones de interés público, las autoridades municipales podrán requerir su retirada antes del plazo de 2 días.

Material depositado a los contenedores: No se permite que los materiales depositados sobresalgan de los extremos superiores del contenedor ni tampoco se permite utilizar suplementos adicionales para aumentar su capacidad.

Vigencia de la autorización: La autorización de ocupación está vigente como máximo hasta las 12 horas del día siguiente del plazo solicitado. A partir de esta hora, debe procederse a su retirada o bien solicitar un nuevo permiso al Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes.
Si pasado el plazo de la autorización, no se ha solicitado un nuevo permiso y no se ha retirado el contenedor, el Ayuntamiento podrá retirarlo, previo requerimiento y con los gastos a cargo de la persona responsable del contenedor. Todo esto sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Limpieza del espacio ocupado: Una vez retirado el contenedor, el espacio ocupado y su entorno inmediato, tendrá que quedar limpio y libre de todo tipo de escombros o residuos. La persona titular de la autorización es la responsable de los daños que pueda causar al pavimento o a otros elementos de la vía pública y tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia relacionada con la ocupación.

Solicitudes y documentación complementaria



Trámites destacados