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Renuncia, baja y retirada de un vehículo de la vía pública

EN TERMINI

Período de presentación:Todo el año.


Objeto:

Solicitar la baja de un vehículo a la Jefatura provincial de tráfico, previa renuncia del vehículo a favor del Ayuntamiento, y su posterior desguace como residuo sólido urbano.
El titular del vehículo de hasta 1200 Kg. (catalogado como turismo), o persona legitimada, ante trabajador/a del Ayuntamiento, firma el escrito de renuncia del vehículo y la petición de eliminación como residuo municipal.
En este mismo escrito se hace constar donde se encuentra estacionado el vehículo, para que pueda ser retirado por los servicios municipales. El Ayuntamiento lo declarará como residuo sólido y lo entregará a la empresa encargada de su desguace y de darlo de baja a la Jefatura provincial de tráfico.

Forma de inicio:
A petición de la persona interesada.
Quién lo puede solicitar:

El titular del vehículo que figure en el registro de tráfico y que quiera renunciar a su vehículo. Si hay más de un titular, se necesitará el consentimiento de todos ellos.
En caso de defunción del titular, deberán solicitar el trámite sus herederos.
Si el titular del vehículo es una persona jurídica, tendrá que solicitar el trámite su representante legal.

Período de presentación:
Todo el año.
Canal de tramitación:
- Personas físicas -

Telemáticamente: Pulsar botón TRAMITAR y adjuntar el documento de solicitud debidamente cumplimentado.

Presencialmente:
    - En la Oficina d'Informació i Atenció ciutadana (OIAC) (Se recomienda solicitar cita previa on line)
    Pl. de la Vila, 1
    Horario: de lunes a viernes de 9 a 13.30 h
    De lunes a jueves de 16.30h a 19 h
    Des del 1 de julio al 31 de agosto: de lunes a viernes de 9 a 14h
    Cerrado las tardes de Jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre
    Tel. 933 790 050

    - En Policía Local
    C. Riu Llobregat, 2
    Horario: 24 horas, 365 días al año

Otros: A través de cualquier medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

- Personas jurídicas -
Las personas jurídicas sólo podrán realizar este trámite por vía telemática.

Tasas e impuestos asociados (pago):
Servicio gratuito.
Unidad responsable de la tramitación:
Policía Local
Órgano que resuelve:
Decreto del concejal delegado de Policía Local
Plazo máximo de resolución y notificación:
Inmediato.
Recursos:
Recurso potestativo de reposición y contencioso administrativo.
Observaciones:

- Un vehículo no puede estar estacionado en la vía pública sin tener el seguro obligatorio en vigor.

- Si el vehículo supera los 1.200 Kg. de tara y/o el/la titular del vehículo es una persona jurídica, o existe urgencia en la tramitación de la baja en la Dirección General de Tráfico (DGT), se puede entregar personalmente el vehículo en cualquier Centro Autorizado de Tratamiento. En este caso, el/la titular recibe la copia del certificado de destrucción que es el documento para que la Jefatura Provincial de Tráfico lo dé de baja.

-Las motocicletas y los ciclomotores, se pueden dar de baja directamente a la DGT sin necesidad de entregarlos en ningún centro. El titular de la motocicleta o ciclomotor cuando lo dé de baja, se tendrá que comprometer a entregarlo a un Centro Autorizado de Tratamiento para su destrucción. Este centro le emitirá un certificado medio ambiental.

- En caso de abandono en la vía pública de la motocicleta o ciclomotor, será denunciado por este motivo y posteriormente se le reclamarán las tasas por estancia y retirada al depósito de vehículos.

El acceso al buscador de la página de la DGT para localizar un Centro autorizado de tratamiento de residuos es: clicar aquí

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