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Licencias vados (concesión, modificación y baja)

EN TERMINI

Período de presentación:Todo el año


Objeto:

Solicitud de permiso para que un vehículo tenga acceso a un local desde la vía pública. También se puede tramitar la baja, el cambio de nombre y la modificación.

Forma de inicio:
A petición de la persona interesada
Quién lo puede solicitar:
Cualquier persona física o jurídica que haga uso del local.
Período de presentación:
Todo el año
Canal de tramitación:
- Personas físicas -

Telemáticamente: Pulsar botón TRAMITAR y adjuntar el documento de solicitud debidamente cumplimentado.

Presencialmente: (Se recomienda solicitar cita previa on line)
En la Oficina d'Informació i Atenció ciutadana (OIAC)
Pl. de la Vila, 1
Horario: de lunes a viernes de 9 a 13.30 h
De lunes a jueves de 16.30h a 19 h
Des del 1 de julio al 31 de agosto: de lunes a viernes de 9 a 14h
Cerrado las tardes de Jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre
Tel. 933 790 050

Otros: A través de cualquier medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Información complementaria
Departamento de Actividades
c. Mayor, 2-4 bjs.
De lunes a viernes, de 9 h a 13.30 h
Tel. 933 790 050

- Personas jurídicas -
Las personas jurídicas sólo podrán realizar este trámite por vía telemática.

Tasas e impuestos asociados (pago):

1. Por cada entrada de vehículos con horario permanente, al año y siempre que se destine a este fin:

  • a) Hasta 3m: 158 euros
  • b) Por cada metro o fracción de exceso: 52 euros

2. Por cada entrada de vehículos con horario limitado, al año y siempre que se destine a este fin:

  • a) Hasta 3m: 91 euros
  • b) Por cada metro o fracción de exceso: 27,60 euros

Unidad responsable de la tramitación:
Licencias de Actividades
Órgano que resuelve:
Decreto de la teniente de alcalde.
Plazo máximo de resolución y notificación:
2 meses
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Recurso de reposición y recurso contencioso administrativo
Observaciones:

- Si la licencia de vado se solicita para desarrollar una actividad sometida al régimen de Comunicación Previa o Declaración Responsable se concederá hasta la obtención del control inicial de la actividad.

- Si la licencia de vado se solicita para desarrollar una actividad sometida al régimen de comunicación previa se concederá la licencia de vado pero no se podrá retirar la placa hasta no presentar la correspondiente comunicación previa de inicio de actividad.

- Si la licencia de vado se solicita para un edificio de nueva construcción, ésta no se podrá conceder hasta que no se obtenga la correspondiente licencia de ocupación.

- El tipo de rebaje que hay que hacer en el bordillo se comunicará a la persona solicitante mediante escrito, donde se señalará el modelo de rebaje y los metros lineales que se tendrán que rebajar.

El titular de una licencia de vado tiene la obligación de cumplir las prescripciones de la ordenanza municipal de vados, entre otras, tal y como se señala en sus artículos 5.2, 6.2 y 14.2, a suprimir el vado a su cargo y devolver la acera a su estado anterior en el momento de solicitar la baja de la licencia de vado, cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento o cuando sobrevencgan otras, así como el cumplimiento de otras disposiciones aplicables.

Trámites destacados