FORA DE TERMINI
Período de presentación:
El calendario fiscal fijará anualmente el periodo voluntario para el pago del impuesto.
Este pago se podrá hacer efectivo en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras o bien domiciliando el recibo comunicando un número de cuenta bancaria al Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación. En este último caso el pago se hará en los dos plazos fijados en el calendario fiscal.
Si finaliza el plazo de pago voluntario y no se ha satisfecho la deuda tributaria, este se recaudará por la vía de apremio con la aplicación de los recargos e intereses de demora que correspondan.
Según la Ley General Tributaria, los recargos, que son incompatibles entre sí, pueden ser de 3 tipos: